sábado, 5 de marzo de 2016

EL NOMBRE DE NUESTRO PUEBLO

Como los seguidores del blog PATALOSO saben yo defiendo que nuestro pueblo debe llamarse Cereceda, que es el nombre con el que se le denomina en todos los documentos que yo he estudiado, si bien en siglos anteriores se escribía con z, y así ponía Zerezeda. Esta es la grafía que yo empleo cuando hablo de documentos del Catastro de Ensenada.
Hoy pongo en el blog, para general conocimiento, la fecha y los datos  del            " añadido ".
Al nombre de nuestro pueblo se le realizó el " añadido " por Real Decreto firmado por el rey Alfonso XIII el 27 de Junio de 1.916, a propuesta del entonces Presidente del Gobierno Conde de Romanones, tras un estudio de la Real Sociedad Geográfica Española y publicado en la Gaceta de Madrid ( hoy Boletín Oficial del Estado ) de fecha 2 de julio de l.916 ( nº 184 ).
La Real Sociedad Geográfica  ( RSG ) justificaba que el cambio de nombre sería conveniente y de gran utilidad " a fin de que desaparezca la extraordinaria y lamentable confusión originada por el hecho de existir, entre los 9.266 ayuntamientos, que constituyen la Nación, más de 1.020 con idénticos nombres y éstos sin calificativos ni aditamento alguno que los distinga .
" Al acometer dicha Real Sociedad labor tan importante y meritoria ( háse atenido ) a bases o reglas generales que imprimiesen a la obra unidad de criterio, limitándola en lo posible y procurando que afectara al menor número de localidades,dejando intacto el nombre actual a las poblaciones de mayor categoría administrativa, cabezas de partido judicial y las de mayor número de habitantes, y variando los de aquellas entidades de población cuyo número de vecinos es menor que el de sus homónimas, procurando que el calificativo que se asigne no sea arbitrario, sino el que la tradición,el uso o los efectos de cada localidad vienen consagrando, y teniendo también presentes los antecedentes históricos, circunstancias especiales del terreno, etc... y con especial predilección las palabras que expresen nombre de corriente de agua, de la montaña, del territorio o de la particularidad, geografía física, en fin, en cuyas cercanías o dentro del cual se halle enclavado el Ayuntamiento o población cuyo nombre propone modificar habida cuenta del carácter de perpetuidad de los accidentes que califique y distinga al pueblo de que se trate, a fin de que lleve consigo la casi inmutabilidad de su nueva designación ".
Bajo el " prisma " de estas razones se cambó el nombre a 573 pueblos españoles, algunos de los cuales han retornado a su nombre anterior.

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