viernes, 17 de junio de 2022

 PREGUNTA  24 ª ( Catastro  de Ensenada )





" Si el Común disfruta algún arbitrio, sisa u otra cosa  de que se deberá pedir la concesión, quedándose con copia que acompañe estas diligencias; qué cantidad produce cada uno al año, a qué fin se concedió,  sobre qué especies, para conocer si es temporal o perpetua y si su producto cubre o excede de su aplicación.

" A la venticuatro que este Común no usa de sisa municipal con facultad ni sin ella y solo, para subvenir a algunos gastos que anualmente se le ofrecen usa del arbitrio de arrendar las propiedades que quedan referidas en la respuesta anterior como también de la demarcación y corte de madera de dicha Alameda, Dehesa y Majadas que anualmente por un quinquenio le rinde cuatrocientos ochenta reales de vellón.





" Así mismo de el de permitir que los vecinos que tienen reses vacunas sin domar las entren a pastar las circunferencias de las Hojas y Entrepanes según sus mojones que vulgarmente llaman Mejora de Yerbas lo que ejecutan desde abril o mediado hasta San Pedro pagando por cada cabeza seis reales de vellón que asciende a setenta reales. También del vedar a cada vecino después de la disputa por turno la agua que necesite para el agua de sus linares pagando por cada medio día que le da dicha agua, lo que aquí se llama mejora, cinco reales y medio que asciende a treinta y cinco reales: que dichas partidas montan ciento cinco reales de vellón y unida esta con la de la respuesta anterior asciende a  ochocientos cuarenta y seis reales de vellón la que aplican para en parte de  pago de gastos y salarios que anualmente sufraga  dicho Común contribuyendo para su total satisfacción cada vecino por cabezón que se le reparte con el monto de estas; esta Lugar encabezado en la ciudad de Salamanca disfruta como tributos los arrendamientos de Abastos, que anualmente por un quinquenio rinden a la Abacería diez reales, la Taberna quinientos, la Carnicería cosa ninguna por no haber alguien que le sirva.

" Gozan así mismo la Alcabala de las heredades del término que venden los vecinos y hacendados en él pagando a tres reales y medio por ciento; y no la llevan del forastero que viene a vender suela. paño y otros géneros porque acuden a proveer de lo necesario a los vecinos, cuyas partidas componen quinientos venticinco reales, los que aplican para parte de pago de dicho encabezamiento, pagando el remanente en la misma conformidad que el de dichos salarios y gastos lo que así ejecutan por no tener este Común afectos equivalentes para su total satisfacción. "

                                                              AHP  Libro I del Lugar de Zerezeda.  Año 1.752


Fotos  google.com    La dehesa boyal.

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