jueves, 26 de mayo de 2016

EL TERCERO COJEDOR DE DIEZMOS

Esta es la grafía con la que aparece en el libro V de Zerezeda.
Hasta el s. XV el encargado de recoger los diezmos se llamó " tercero " denominación recogida todavía  en las Constituciones sinodales de 1.479. Desde el s. XVI aparece ya predominantemente el término " cogedor ", que permanece hasta la abolición de los diezmos.
En los siglos XVI y XVII también se le llama " dezmero " y en los siglos XVII y XVIII  figura en algunos documentos con el nombre de " colector ". En algún documento del s.  XVIII se le denomina con el nombre de " cillero, " derivado de celler o cilla, nombre del almacén donde se depositan los diezmos.
El nombramiento de " cogedor " era frecuente motivo de disensiones por impugnar alguna de las partes a la persona nombrada por las otras. Solían ser vecinos de la parroquia donde se cobraban los diezmos y por ello en los repartos de la " cilla " o panera podían favorecer a los párrocos y beneficiados del Lugar en perjuicio de los interesados no residentes.
En el Sínodo de 1.584 se reguló que todos los interesados en cada " diezmería " nombraran conjuntamente " cogedor " para la cilla del Lugar " el domingo más adelante del de Resurrección " excepto en las diezmerías de la ciudad, en las que eran cogedores los curas mismos por el poco monto ( la poca cantidad ) de los diezmos.
Como norma general no podían ser cogedores los curas si bien en algún pueblo de Castilla el cura nombraba el " cogedor ".Hubo peleas entre curas y cabildos, y muchas se solucionaron con el nombramiento de " cogedor " en la persona del sacristán.
Muchos cogedores de diezmos no sabían leer.
Como curiosidad expongo que las acusaciones que presentan los curas contra los cogedores no gratos a sus intereses son muy peregrinas : Que hacen falsas `promesas de matrimonio a las criadas de los curas, o que son responsables de las pérdidas, porque decían que " el cura no manda en los diezmos " o no dejándolos inspeccionar la panera de diezmos.
        ( Los diezmos en Zamora 1.500 - 1.840 de José Antonio Alvarez Vázquez )

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