martes, 17 de mayo de 2016

VALORES CATASTRALES

Art 67 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

- La actualización de los valores catastrales, al alza o a la baja, para su adecuación con el mercado inmobiliario está directamente vinculada, a nivel municipal, con la fecha de aprobación de la correspondiente ponencia de valores.
- Este artículo establece diferentes coeficientes en función del año de entrada en vigor de los valores catastrales resultantes de un procedimiento de valoración colectiva, que serán aplicados a aquellos municipios que han acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado 2 del Artículo 32  del Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, y que están incluídos en la Orden Ministerial prevista en dicho precepto.

Según mi información REGTSA pasará al cobro los recibos de la contribución de 2.016  el día 1 de Junio si lo tienes domiciliado en alguna entidad bancaria.
Cada Ayuntamiento fija el coeficiente a aplicar sobre el valor catastral.  El coeficiente de Cereceda era el 0, 40.

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