martes, 16 de abril de 2019


EL JUEZ DE PAZ EN ESPAÑA. Luces y sombras   ( continuación )

Su futuro





Se trata de una figura, en muchos casos poco conocida  fuera del ámbito de los municipios donde ejercen sus funciones, pero hay que destacar su gran relevancia por su proximidad al ciudadano, y por sustentar el principio de acercar la justicia al justiciable, siendo su labor de intermediación como hombres buenos en los conflictos entre particulares, una faceta especialmente destacable.
Ya hemos mencionado cómo se han ido limitando sus funciones judiciales, hasta el punto de que algunos sectores cuestionan su continuidad como órgano judicial.
Los Juzgados de Paz tienen la vista puesta en la aplicación de la reforma del Registro Civil por la ley 20/2011, de Registro Civil puesto que la misma llevaría suprimir más competencias en el ámbito de los Juzgados de Paz. Esta ley, en lo que se refiere a Registro Civil, no está en vigor, se encuentra en " vacío legal " (  " plazo entre la publicación  de una ley y su entrada en vigor " ), y la pretensión es que continúe en vacatio hasta junio de 2.020.
Dejando a un lado el tema del Registro Civil, no debemos olvidar que los jueces de paz son un cuerpo inspirado en el " consejo de sabios " o el de los " hombres buenos " encargados de hacer respetar las normas y mediar entre dos partes en conflicto. Tal vez sea esta la función que se deba potenciar, la labor de la mediación del juez de paz en la solución de conflictos limitados en la cuantía favoreciendo la inmediación y evitando costes para los conciudadanos (tiempo y dinero ) y para el sistema judicial al soslayar nuevas causas judiciales que contribuyen al colapso de los juzgados.

Fotos   www.Google.


NOTA . - Este artículo hace el número  2.400, en los tres años y medio de vida del blog.

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