Pertenecen a dicho Beneficiado tres partes de nueve de todos los Diezmos mayores y menores que adeudan los feligreses de este Lugar y hacendados forasteros en su término, que entran en su Zilla y Acerbo común, que regulados por un quinquenio, importan en un año :
. 12 fanegas de trigo
. 7 fanegas de centeno.
. 3 fanegas de cebada.
. 18 quarentales de lino.
. 3 corderos.
. 15 libras de lana.
. 3 libras de queso.
evaluados dichos frutos a los precios regulados por los Peritos, a saber
. 16 reales la fanega de trigo.
. 10 reales la fanega de centeno.
. 8 reales la fanega de cebada.
. 8 reales un cordero.
. 25 reales la arroba de lana
. 1 real y 14 maravedís la libra de queso
importan unidas dichas partidas 689 reales y 8 maravedís, que con 6 reales que producen las menudencias componen 695 reales y 8 maravedís de vellón.
PARTE EN PRIMICIAS
Le pertenece a dicho Beneficiado dos partes de tres de todas las primicias que por un quinquenio ascienden en cada un año a 8 fanegas de trigo, 5 de centeno y 1 fanega y 6 celemines de cebada, que, a los precios expresados en la partida anterior, importan unidas las tres partidas 190 reales de vellón.
A H P de Salamanca. Libro III del Lugar de Zerezeda.
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Etiqueta Catastro de Ensenada
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